ESCUDO DE DISTINCIÓN PARA REENGANCHES EN EL CUERPO
Artículo publicado en la REVISTA GENERAL DE MARINA del mes de noviembre de 2021
(está firmado junto a Juan Jose Erce Montilla)
«Las circunstancias de escasez con que
se hallan los fondos de este Cuerpo y el considerable número de cumplidos que
hay con opción y reclamación a sus respectivas licencias absolutas, unido al
conocimiento que tengo de la tropa me hace creer, que si hubiera proporción de
facilitarles el enganchamiento que por Ordenanza les está concedido a los que
se prestan a continuar en el servicio, se proporcionaría el que la mayor parte
se ligase a un nuevo comprometimiento, y con lo que se lograban las ventajas de
que no se disminuyese tanto la fuerza de este Cuerpo, quedando en él unos soldados
hechos y acostumbrados a la fatiga y servicio, que tanto cuesta conseguirlo con
cualquier clase de reclutas con que se verifique su reemplazo. Estas poderosas
razones me han movido a proponer como lo hago por el conducto de V. E. a S. M.
el que se condecorase a todo soldado cumplido que quisiese reengancharse sin el
interés pecuniario de una gratificación con una distinción honorífica como V. G.
un escudo según el diseño que acompaño a V. E. u otro que sea del Real agrado
de S. M. que colocado en la manga del brazo izquierdo indicase el desinterés
con que continuaba en el servicio, esta manifestación pública, que tanto honra
al soldado, pudiera conducir a atraer a estos hombres de mérito en su clase, y
que entusiasmaría en los demás Cuerpos con beneficio conocido del Real Erario.
Me ha parecido de mi obligación en su consecuencia hacerlo presente a V. E. deseoso
que, si mereciese su aprobación, se sirva elevarlo a S. M. para su soberana
determinación».
El Consejo Supremo de Almirantazgo
estimó la propuesta, siendo el escudo de distinción aprobado por una Real Orden
de 15 de marzo de 1816, cuyo tenor literal reza como sigue:
Con posterioridad, otra Real
Orden de 17 de junio de 1817 hizo extensivo el escudo de distinción al Real
Cuerpo de Infantería de Marina.
Aunque el texto de ambas Reales
Órdenes era sobradamente conocido, por haberse reproducido en los apéndices del
tomo VI de la serie Decretos de Fernando VII, este escudo de distinción extrañamente
no había sido recogido por el contralmirante Julio Guillén Tato en su extensa
obra Condecoraciones Marineras, y su diseño había permanecido inédito
hasta estas fechas.
«Enterado el Rey N.
S. de la propuesta que ha hecho el Coronel del Primer Regimiento de Infantería
Real de Marina acerca de la concesión de un escudo de distinción, cuyo modelo
es el adjunto, a todo soldado cumplido que quiera permanecer en el servicio sin
recibir el interés pecuniario del enganchamiento de ordenanza, el cual colocado
en la manga del brazo izquierdo será la señal de su desinterés y amor al Real
servicio; y conformándose S. M. con el parecer del supremo Consejo de
Almirantazgo, expreso en el oficio de V. S. de ayer sobre este particular, se
ha servido mandar que se circule en el cuerpo para su observancia».
La localización entre los fondos del
Cuerpo que se conservan en el Archivo General de Marina «Álvaro de Bazán» del expediente
original del escudo de distinción, que incluye la propuesta antes reproducida motivando
su creación así como un dibujo de su diseño, ha hecho posible el que podamos conocer
su aspecto.
Comentarios
Publicar un comentario