ESCUDO DE DISTINCIÓN PARA REENGANCHES EN EL CUERPO

                        Artículo publicado en la REVISTA GENERAL DE MARINA del mes de noviembre de 2021 

                                                   (está firmado junto a Juan Jose Erce Montilla)


Con fecha de 11 de marzo de 1815, el coronel del Primer Regimiento de Infantería de Marina remitió a la superioridad un escrito en los siguientes términos:
«Las circunstancias de escasez con que se hallan los fondos de este Cuerpo y el considerable número de cumplidos que hay con opción y reclamación a sus respectivas licencias absolutas, unido al conocimiento que tengo de la tropa me hace creer, que si hubiera proporción de facilitarles el enganchamiento que por Ordenanza les está concedido a los que se prestan a continuar en el servicio, se proporcionaría el que la mayor parte se ligase a un nuevo comprometimiento, y con lo que se lograban las ventajas de que no se disminuyese tanto la fuerza de este Cuerpo, quedando en él unos soldados hechos y acostumbrados a la fatiga y servicio, que tanto cuesta conseguirlo con cualquier clase de reclutas con que se verifique su reemplazo. Estas poderosas razones me han movido a proponer como lo hago por el conducto de V. E. a S. M. el que se condecorase a todo soldado cumplido que quisiese reengancharse sin el interés pecuniario de una gratificación con una distinción honorífica como V. G. un escudo según el diseño que acompaño a V. E. u otro que sea del Real agrado de S. M. que colocado en la manga del brazo izquierdo indicase el desinterés con que continuaba en el servicio, esta manifestación pública, que tanto honra al soldado, pudiera conducir a atraer a estos hombres de mérito en su clase, y que entusiasmaría en los demás Cuerpos con beneficio conocido del Real Erario. Me ha parecido de mi obligación en su consecuencia hacerlo presente a V. E. deseoso que, si mereciese su aprobación, se sirva elevarlo a S. M. para su soberana determinación».

El Consejo Supremo de Almirantazgo estimó la propuesta, siendo el escudo de distinción aprobado por una Real Orden de 15 de marzo de 1816, cuyo tenor literal reza como sigue:
«Enterado el Rey N. S. de la propuesta que ha hecho el Coronel del Primer Regimiento de Infantería Real de Marina acerca de la concesión de un escudo de distinción, cuyo modelo es el adjunto, a todo soldado cumplido que quiera permanecer en el servicio sin recibir el interés pecuniario del enganchamiento de ordenanza, el cual colocado en la manga del brazo izquierdo será la señal de su desinterés y amor al Real servicio; y conformándose S. M. con el parecer del supremo Consejo de Almirantazgo, expreso en el oficio de V. S. de ayer sobre este particular, se ha servido mandar que se circule en el cuerpo para su observancia».



Con posterioridad, otra Real Orden de 17 de junio de 1817 hizo extensivo el escudo de distinción al Real Cuerpo de Infantería de Marina.

Aunque el texto de ambas Reales Órdenes era sobradamente conocido, por haberse reproducido en los apéndices del tomo VI de la serie Decretos de Fernando VII, este escudo de distinción extrañamente no había sido recogido por el contralmirante Julio Guillén Tato en su extensa obra Condecoraciones Marineras, y su diseño había permanecido inédito hasta estas fechas.

La localización entre los fondos del Cuerpo que se conservan en el Archivo General de Marina «Álvaro de Bazán» del expediente original del escudo de distinción, que incluye la propuesta antes reproducida motivando su creación así como un dibujo de su diseño, ha hecho posible el que podamos conocer su aspecto.


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