ANÁLISIS DEL TÍTULO DE TÉCNICO SUPERIOR QUE OBTIENEN LOS SARGENTOS DE INFANTERÍA DE MARINA

                 Artículo publicado en el BOLETÍN DE INFANTERÍA DE MARINA de diciembre de 2024

 Estudio valorativo sobre su eficiencia profesional durante los primeros años de sus carreras


                            

Tras cumplirse una década de la primera promoción de suboficiales que obtuvo un Título de Técnico Superior (TTS) de manera paralela a su formación militar como sargento, surge la necesidad de examinar cuál ha sido su relevancia y eficacia. Este acontecimiento marcó un hito significativo en todos los suboficiales, y en particular en los de la Infantería de Marina, generándose desde entonces la duda sobre la efectividad de esta titulación en el ámbito operativo y profesional de este personal en sus unidades, especialmente en sus primeros años de destino. 
A través de un estudio riguroso, este trabajo analiza de una manera crítica la utilidad del TTS de “Asistencia a la dirección” que le corresponde estudiar a los sargentos de Infantería de Marina, con el objetivo de identificar áreas de mejora, la optimización en la formación de sus componentes e incluso la propuesta de sustitución del actual TTS por el que haya resultado ser el más conveniente, pero a la vez más viable de implantar. 

Estado actual

 La Ley de la Carrera Militar 39/2007, actualmente en vigor, establece que la enseñanza en las Fuerzas Armadas debe estar integrada en el sistema educativo general. En consecuencia, la correspondiente aplicación del Plan Bolonia (1) en la formación de los oficiales de la Armada, al estar equiparada a la enseñanza superior universitaria, trajo consigo que también se rediseñara la enseñanza de los nuevos suboficiales, provocándose importantes ajustes en sus planes de estudios al implicar, en este caso, la obtención de un TTS de formación profesional, tal y como se determina en esta misma ley. Desde que existe este actual modelo de ingreso a la categoría de suboficiales, cuyo sistema de selección es el de concurso-oposición, existen dos formas generales de incorporarse como militar de carrera a las Escalas de Suboficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina: sin exigencia de TTS y con exigencia de esa titulación. Para el ingreso “sin titulación” la formación para los futuros sargentos es de tres cursos académicos, siendo de un curso para los “con titulación”(2). Los alumnos de formación para suboficiales de la Armada se dividen en los dos Cuerpos donde existe esta categoría, y a los que pertenecen desde su ingreso en la escuela (Cuerpo General y Cuerpo de Infantería de Marina) y luego, dentro de ellos, quedan separados según su especialidad fundamental, que será la que ejercitarán durante toda su carrera.
Cada una de estas lleva asociado el estudio de un TTS diferente con la máxima correspondencia posible con la especialidad fundamental en cuestión. En el caso del Cuerpo de Infantería de Marina, cuya especialidad fundamental es precisamente “Infantería de Marina”, el TTS que deben cursar es el de “Asistencia a la dirección”, de manera paralela a su correspondiente formación como Infantes de Marina. Esta formación militar consta de 2.840 horas lectivas entre los tres cursos, más 27 semanas de instrucción y adiestramiento(3). Por su parte, el TTS de “Asistencia a la dirección” lo imparte la Consejería de educación de la Región de Murcia durante los dos primeros cursos escolares, a razón de 2.000 horas entre ambos cursos. Según se extrae de su currículo, este TTS capacita a los alumnos para asistir a la dirección de una corporación y de otros departamentos en actividades de organización y representación, así como para ejecutar todo tipo de funciones administrativas y documentales, además de gestionar la información y la comunicación interna y externa de la misma, siempre aplicando correctamente la normativa y los protocolos vigentes de gestión de calidad.

Pero como sabemos, durante al menos los primeros catorce años de sus carreras, en los empleos de sargento y sargento primero(4), los cometidos que los suboficiales desarrollan en las unidades son fundamentalmente de tipo tácticos y operativos, al estar destinados al principio casi en exclusividad en los batallones de desembarco, y a medida que hacen su formación complementaria de perfeccionamiento, en baterías de artillería, estoles de operaciones especiales, unidades de seguridad, de apoyo al combate o logísticas, o incluso como profesor en cualquiera de las escuelas de la Armada.


Por tanto, en muy contadas ocasiones cualquiera de ellos será destinado durante este primer periodo de su carrera a una oficina o a cualquier órgano de apoyo al mando, básicamente hasta os tentar el empleo de brigada. Una categoría militar que, junto con la de subteniente, ya está destinada a realizar tareas eminentemente administrativas, técnicas o de gestión. En el último empleo de la categoría de suboficiales, suboficial mayor, al que tan sólo ascienden uno o dos de cada promoción mediante un proceso por selección durante sus últimos años de servicio, es donde tienen el cometido principal de ser el asesor directo del mando de su unidad en todos los cometidos relativos al personal de las categorías de suboficial y tropa. Será sólo en este empleo donde más asistencia a la dirección se desarrolle.

Desarrollo del estudio

Como se ha podido comprobar, durante la última década efectiva mente el primer destino de todos los sargentos de Infantería de Marina fue la Brigada “Tercio de Armada” (TEAR). Esto es debido a que desde que comenzó este nuevo modelo de enseñanza, donde puede presentarse al con curso-oposición para ser sargento un soldado con tan sólo un año de servicio, en contraposición con el modelo anterior donde se exigía antes ser cabo 1º, el Comandante General de la Infantería de Marina (COMGEIM) estableció que todos los nuevos sargentos comenzasen su carrera en el elemento funda mental de maniobra de la Infantería de Marina, el TEAR, y justo donde se desarrolla su principal razón de ser, la operación anfibia. Mayoritariamente en cualquiera de sus tres batallones de desembarco.

Sobre la cuestión principal de este artículo, una destacada proporción de los suboficiales a los que se les entrevistó para confeccionar este estudio (63,6%) indicaron no haber empleado los conocimientos del TTS de ninguna manera durante su trabajo diario en sus primeros destinos. Los demás (36,4%), refirieron que a lo único que le dieron algo de utilidad fue a las nociones en ofimática, tratamiento de textos u hojas de cálculo, pero tan sólo en tareas menores de informática a la hora de redactar informes o hacer algún archivo en Excel. Sobre ésto mismo, la gran mayoría de sus mandos directos en el TEAR (61,9%), consideraron que los nuevos sargentos nunca ponen en práctica de ningún modo el mencionado TTS, mientras el resto (38,1%) indicaron que esta aplicación es poca, pero adecuada a los cometidos que realiza un sargento.


Con respecto a la preferencia por otras titulaciones, una contundente mayoría de los suboficiales a los que se les entrevistó (60,1%) expresó que el TTS en “Enseñanza y animación socio deportiva” les hubiera sido mucho más útil. De aquellos que no indica ron ese TTS, bastantes estimaron que habría sido mejor realizar el de “Automoción” (22,4%). De la misma opinión son la mayor parte de sus mandos (46,3%), inclinándose igualmente por el mismo que los suboficiales en segundo lugar (24,3%). Las demás opciones que se propusieron fueron el TTS de “Sistemas de telecomunicaciones e informáticos”, el de “Prevención de riesgos profesionales” y el de “Coordinación de emergencias y protección civil”. Si bien habría que señalar que algunos mandos (2,4%) consideran que los suboficiales no tendrían que hacer ningún TTS, porque opinan que ya adquirirán una formación técnica específica cuando más adelante realicen sus correspondientes especialidades complementarias.

 


Conclusiones

Se confirma que el TTS con el que egresan de la escuela los nuevos sargentos de Infantería de Marina no está resultando de utilidad para el trabajo que éstos desarrollan en las unidades. Además, una contundente mayoría aprecia que, para las tareas que un sargento desempeña en sus primeros destinos, el TTS más conveniente sería el de “Enseñanza y animación sociodeportiva”. Pero éstas de no dejan de ser las impresiones y preferencias. Este estudio no estaría completo si no se analizase si hoy en día se dan las condiciones para que se sustituye se el actual TTS, ya que no siempre lo que se prefiere resulta ser viable. Para ello se han comparado los currículos de todos los Ciclos Formativos de Grado Superior mencionados, así como las instalaciones disponibles y capacidades actuales de la Escuela de Infantería de Marina “General Albacete y Fuster” (EIMGAF), para poder determinar cuál de esos TTS realmente sería el más adecuado. Así se apreció que el TTS de “Enseñanza y animación sociodeportiva” requeriría de tan enorme inversión en infraestructuras y equipamiento, que muy posiblemente no entrasen nunca en las prioridades del Ministerio de Defensa. Los otros TTS también precisan incluso de talleres y laboratorios, con gran cantidad de material y equipos específicos, seguramente muy caros y difíciles de adquirir. Tan sólo el de “Prevención de riesgos profesionales” sería el único que en su currículo (5), requiere de prácticamente los mismos locales, profesores y equipos informáticos que utiliza el actual TTS de “Asistencia a la dirección”, por lo que podrían ser perfectamente adaptables en la EIMGAF. El aula polivalente que se exige ya existe y el espacio necesario para la realización de ejercicios de seguridad y emergencias podría ser perfectamente alguno de los patios que tiene la escuela.


A modo de propuesta

Por tanto, si se dieran las circunstancias y existiera la oportunidad de modificar el actual plan de estudios, como propuesta final y por los motivos de viabilidad ya expuestos, tras considerarse el coste y su complejidad de implementación, la mejor opción es el TTS de “Prevención de riesgos profesionales”.

De esta manera, los suboficiales estarían correctamente formados ante la regla general que «considera a la prevención como un todo integrado con el fin último de proteger a las personas, independiente mente de que sean civiles o milita res, en sus lugares de trabajo y en la realización de sus actividades». Una doctrina que, tras la publicación del Real Decreto 1755/2007 de prevención de riesgos laborales en las Fuerzas Armadas, adoptó un formidable auge, comenzándose desde ese momento con el desarrollo de las estructuras que demanda esta disciplina, debido a que la prevención de los riesgos laborales en el ámbito del Ministerio de Defensa está integrada en todas sus actividades, a través de la implantación y aplicación del plan ordinario de prevención propio de cada unidad militar (6). Unas estructuras en las que, con toda probabilidad, los nuevos sargentos se verán incluidos como cometido añadido a su destino (7), o bien, se podrán encontrar en la obligación de tener que redactar el preceptivo parte de investigación de accidentes que le reclamará su Servicio de prevención correspondiente, en el caso de que alguno se produzca. 

Aun así, para un futuro quizás la opción más conveniente podría ser la realización de un currículo ad hoc para un TTS que realmente cubriera todas las competencias que necesita un sargento de Infantería de Marina en los primeros años de su carrera. Opción que la actual Ley de Formación Profesional (8) permite, mediante el diseño y configuración de un itinerario propio, adaptado a las necesidades, capacidades y expectativas de los alumnos. Ésta es la solución, por ejemplo, que precisamente se adoptó no hace mucho en la Guardia Civil.


Notas:

(1) El Plan Bolonia es el nombre de la declaración conjunta que suscribieron en el año 1999 los ministros de educación de veintinueve países europeos, con el fin de unificar los sistemas de educación superior a nivel universitario. Su objetivo principal es mejorar la empleabilidad, movilidad y reconocimiento de las titulaciones en todo el ámbito europeo.

(2) Real Decreto 35/2010, de 15 de enero.

(3) Orden DEF 498/2023, de 5 de mayo (artículo 4.7).

(4) Real Decreto 168/2009, de 13 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de evaluaciones y ascensos en las Fuer zas Armadas (capítulo III “Régimen de as censos”).

(5) Real Decreto 277/2003, de 7 de marzo, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en “Prevención de Riesgos Profesionales”.

(6) Real Decreto 1755/2007, de 28 de diciembre (artículo 6).

(7) Tal y como marca el RD 1755/2007, es tas estructuras son un Servicio de Prevención de riesgos laborales en el Ministerio de Defensa, otro Servicio similar en cada uno de los Ejércitos y la Armada, una Unidad de Coordinación en la Subsecretaría de Defensa y un Servicio de estas características en cada una de las instalaciones militares o unidades independientes, adscrito al correspondiente de su ejército.

(8) Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Forma ción Profesional (FP).








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